Libertad de expresión: fallo de la CIDH sobre el caso Kimel
La CIDH (Corte Interamericana de Derechos Humanos) sancionó al Estado argentino por el caso del periodista Eduardo Kimel, quien había sido condenado por criticar la actuación del juez Guillermo Rivarola durante la investigación de la “masacre de San Patricio”, el asesinato de cinco sacerdotes y seminaristas palotinos el 4 de julio de 1976, el más importante hecho de sangre que sufrió la Iglesia Católica en el país. El trabajo de Kimel se presentó en 1989 y, lejos de tomarse como un aporte a la causa, por la cual la Iglesia aún no se presentó como querellante, tuvo como reacción una querella de Rivarola a Kimel por calumnias (falsa imputación de un delito) e injurias (deshonra o descrédito). En 1995, Kimel fue condenado en primera instancia a un año de prisión y 20 mil dólares de indemnización por injurias. Un año después la Cámara de Apelaciones suspendió la sentencia, pero en 1998, la Corte Suprema de Justicia revocó la absolución y ordenó dictar una nueva sentencia. El caso fue llevado a la Corte Interamericana por el CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) y por el CEJIL (Centro por la Justicia y el Derecho Internacional). El 2 de mayo pasado se conoció la sentencia, que consideró lesionada la libertad de expresión del periodista antes que la deshonra del juez, ordenó indemnizarlo con 30 mil dólares y exigió al Estado argentino adecuar su derecho interno en cuanto al ejercicio de la libertad de expresión.